El nuevo Reglamento será de aplicación a todas aquellas empresas que realizen su actividad en internet a través del uso de redes de comunicaciones. Siendo en consecuencia de obligado cumplimiento para la inmensa mayoría de las empresas europeas.
Dicho reglamento se aplicará a los Usuarios finales que estén ubicados en la Unión Europera, aunque el proveedor del servicio esté localizado fuera de la Unión Europea, y el tratamiento de datos tenga lugar fuera de la UE.
El Reglamento E-Privacy protegerá todas aquellas comunicaciones electrónicas privadas sujetas a confidencialidad de los ciudadanos de la UE. Dichas personas como usuarios de servicios deberán previamente proporcionar su consentimiento expreso e inequívoco para el tratamiento de sus datos en relación con las comunicaciones electrónicas.
El nuevo Reglamento incorpora en el Derecho de la Unión el derecho fundamental al respeto de la vida privada en el sector de las comunicaciones electrónicas, estipulado en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE.
«La propuesta de Reglamento viene a constituir una Lex Specialis en relación con el RGPD, de tal manera que lo precisa y completa en lo que respecta a los datos de comunicaciones electrónicas que se consideran datos de carácter personal».
«El artículo 16 y el artículo 114 del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE), constituyen las bases jurídicas de la propuesta del Reglamento E-Privacy».
En definitiva la mencionada propuesta de Reglamento tiene como objetivo final aumentar el nivel y la eficacia de protección de la vida privada y de los datos personales tratados en el ámbito de las comunicaciones electrónicas conforme a lo establecido en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE y al mismo tiempo procurar una mayor seguridad jurídica.
Según la propia propuesta del Reglamento E-Privacy, «la protección efectiva de la confidencialidad de las comunicaciones es esencial para ejercer la libertad de expresión y de información y otros derechos afines, tales como el derecho a la protección de los datos personales o la libertad de pensamiento, conciencia y religión».