Un Delegado de Protección de Datos (DPD/DPO) es aquella persona, responsable en la empresa de realizar la supervisión y monitorización, de forma independiente y confidencial, de si se está cumpliendo adecuadamente la normativa en materia de protección de datos personales.
La propia empresa se encarga de designar a un delegado de protección de datos (DPD).
Debe comunicarse a la agencia española de protección de datos o Autoridad de Protección de Datos autonómica. Esta comunicación se puede hacer telemáticamente a través de la sede electrónica de la AEPD.
La función de DPD puede ejercerse con un contrato de servicios suscrito con una persona física o entidad ajena a la empresa. Es importante que cada miembro de la empresa que ejerza las funciones de DPD cumpla los requisitos aplicables del RGPD, es fundamental que nadie tenga conflicto de intereses.
Según el Reglamento y el Proyecto de Ley de LOPD, será obligatorio tener un Delegado de Protección de Datos (DPO) en las siguientes empresas:
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