Incumplimiento de la LOPD
La CNIL ha recibido varias quejas denunciando los procedimientos de rechazo de cookies en los sitios web google.fr y youtube.com.
En junio de 2021, realizó una verificación en línea en estos sitios web y descubrió que, si bien ofrecen un botón para aceptar cookies de inmediato, los sitios no implementan una solución equivalente (botón u otro) para permitir al usuario de internet tan fácilmente rechazar la instalación de cookies. Son necesarios varios clics para rechazar todas las cookies, contra uno solo para aceptarlas.
El órgano de la CNIL responsable de pronunciar sanciones, consideró que complejizar el mecanismo de rechazo en realidad equivale a disuadir a los usuarios de rechazar las cookies y alentarlos a favorecer la facilidad del botón «Acepto».
La CNIL consideró que este proceso vulnera la libertad de consentimiento de los usuarios de internet y constituye una vulneración del artículo 82 de la LOPD francesa ya que no es tan sencillo rechazar las cookies como aceptarlas.
Las sanciones
La CNIL multó a Google LLC con una multa de 90 millones de euros y a Google Ireland Limited con una multa de 60 millones de euros, que se han hechos públicas.
En particular, justificó estas cantidades por el número de personas afectadas y por los considerables beneficios que las empresas obtienen de los ingresos publicitarios generados indirectamente por los datos recopilados por las cookies.
Una competencia de la CNIL
La CNIL tiene competencia material para controlar y sancionar las operaciones relacionadas con las cookies depositadas por empresas en los terminales de los usuarios de Internet ubicados en Francia.
Fuente: www.cnil.fr
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